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Modificación del Kit Digital y Ampliación de la Ayuda Segmento III

17 mayo, 2024

AMPLIACIÓN DE AYUDAS DEL KIT DIGITAL PARA EMPRESAS DEL SEGMENTO III

La reciente modificación de las bases del programa Kit Digital, gestionado por Red.es, representa una gran oportunidad para las microempresas y autónomos en España. A continuación, te contamos todo lo que necesitas saber:

¿Cuál es su objeto?

El objetivo principal de esta modificación es aumentar la cuantía de las ayudas para las empresas del segmento III (aquellas con entre 0 y menos de 3 empleados) y añadir una nueva categoría de ayuda denominada “Puesto de Trabajo Seguro”. Estas medidas buscan promover la digitalización, mejorar la competitividad y garantizar la seguridad en el entorno digital.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

Las empresas elegibles para estas ayudas son microempresas y autónomos del segmento III que ya hayan solicitado la ayuda del Kit Digital. Además, las medianas empresas también se han incorporado como nuevas beneficiarias del programa, distribuidas en dos nuevos segmentos en función del número de empleados.

¿Cuál es la cuantía subvencionable?

La cuantía de la ayuda para las empresas del segmento III se ha incrementado de 2.000 euros a 3.000 euros. Este aumento es retroactivo y aplica a las empresas que ya hayan solicitado y consumido su bono digital. Además, se ha establecido una nueva ayuda de hasta 1.000 euros para la categoría “Puesto de Trabajo Seguro”.

Nueva solución: Puesto de Trabajo Seguro

Con la actualización del Catálogo de Soluciones de Digitalización, se ha creado la solución “Puesto de Trabajo Seguro”. Esta incluye un dispositivo hardware con licencia de ciberseguridad, encriptado en reposo para la privacidad de datos y documentos, y se subvencionan ordenadores portátiles y de sobremesa nuevos que cumplan con requisitos técnicos específicos.

Medianas empresas como nuevas beneficiarias

Las medianas empresas se dividen en dos segmentos nuevos:

  • Segmento IV: Empresas con entre 50 y menos de 100 empleados. Ayuda de 25.000 euros.
  • Segmento V: Empresas con entre 100 y menos de 250 empleados. Ayuda de 29.000 euros.

Gastos subvencionables

Los gastos cubiertos por las subvenciones incluyen:

  • Adquisición de hardware necesario para las soluciones digitales.
  • Costes profesionales para la implementación de soluciones digitales.
  • Consultoría para facilitar la gestión de las nuevas tecnologías implantadas.

Gastos no subvencionables

Los gastos excluidos de las subvenciones son:

  • Equipos informáticos no directamente vinculados a la solución digital.
  • Programas antivirus, salvo que sean esenciales para la seguridad.
  • Intereses deudores, fluctuaciones en tipos de cambio, IVA no recuperable, y otros gastos financieros no especificados.
  • Gastos ejecutados fuera del periodo de subvencionabilidad.

Plazos de ejecución y justificación

Los beneficiarios deberán realizar los gastos subvencionables dentro del periodo especificado en la resolución de concesión. Se facilita el pago anticipado de las ayudas, y se establece un plazo máximo de dos meses para la presentación de la justificación de los gastos realizados.

📆 PLAZO DE SOLICITUD: Junio 2024 para empresas del segmento III. Último trimestre de 2024 para medianas empresas.

🔴 SUBVENCIÓN MÁXIMA: 3.000 € para microempresas y autónomos. 25.000 € para empresas del segmento IV. 29.000 € para empresas del segmento V.



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Francisco Rubio

Francisco Rubio

CEO de ExpacioWeb Digital Marketing. Emprendedor y empresario. Debilidad por el marketing digital y el social media.

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